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Noticias

28-06-2017

Subvenciones para la mejora de la accesibilidad en edificios de uso residencial del Área Metropolitana de Barcelona 2017

Subvenciones para la mejora de la accesibilidad en edificios de uso residencial del Área Metropolitana de Barcelona 2017

El contenido de la convocatoria está colgado en la base de datos nacional de subvenciones o en la página web del CMH.   Las actuaciones subvencionables los encontrará en el anexo 2 de la convocatoria y son actuaciones de mejora de la accesibilidad.

Presupuesto disponible: 5.000.000 €

Ámbito de aplicación: Municipios del Área Metropolitana de Barcelona.

plazos:

El plazo de presentación de las solicitudes de Informe de Idoneidad, previo a la solicitud de ayudas, se abre el 28 de junio y finaliza el 15 de septiembre de 2017.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas (impreso 2), una vez obtenido el Informe de Idoneidad, se abre el 28 de junio y finaliza el 29 de septiembre de 2017.

Destinatarios: Comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y propietarios únicos de edificios de uso residencial del área metropolitana de Barcelona. Quedan excluidos las viviendas unifamiliares y aquellos que se cedan a terceros a cambio de un precio, por un período máximo de 31 días, dos o más veces al año (viviendas de uso turístico, HUT).

Se consideran actuaciones de mejora de la accesibilidad, las que adecuen los edificios y los accesos a las viviendas y locales de los mismos, a la normativa vigente. En particular:La instalación de ascensores y la eliminación de barreras arquitectónicas mediante elementos como salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial, así como su adaptación, una vez instalado acomodados, a la normativa sectorial correspondiente.La instalación o dotación de productos de apoyo como son grúas o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio, como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares.La instalación de elementos de información o de aviso como son señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores.La instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, como son videoporteros y análogos. El edificio o edificios que quieran solicitar ayudas para actuaciones de mejora de la accesibilidad deben disponer, como mínimo, de 8 viviendas, o excepcionalmente menos, cuando en el inmueble se realicen simultáneamente obras de conservación o cuando habiten personas con discapacidad o mayores de 65 años.

Fuente: www.apabcn.ca